Las multas a adolescentes por ‘consumo de hachís‘ o por ‘beber en la calle‘ es una de las situaciones que nos plantean las familias con relativa frecuencia en los servicios administrativos de los Centros de Atención a las Adicciones (CAD). En muchos casos los progenitores ya sospechaban del consumo, pero, en otros, les pilla por sorpresa. Veamos algunos de los aspectos más importantes que debemos saber.
¿Qué dice la ley?
La LO 4/2015 establece como infracción grave el consumo en lugares públicos y/o la tenencia ilícita de drogas, estupefacientes o similares y regula la correspondiente sanción económica. Dicha ley contempla la posibilidad de suspender la sanción para aquellas personas que en el momento de cometer la infracción fueran menores de edad y accedan someterse a una intervención, que puede ser un tratamiento rehabilitador o la participación en actividades reeducativas.
¿Qué hay que hacer si llega una sanción?
Lo primero, personarse en un CAD. En el de San Blas, pongamos por caso, pedimos que vengan personalmente los adolescentes o jóvenes multados o multadas a traernos la sanción y a informarse. Y si son menores de 16 años, deben acudir acompañados de sus padres y/o madres. En esta primera visita les atiende el personal de administración y se les informa y ofrece una intervención orientada hacia la prevención del consumo, puesto que los CAD están acreditados para llevarla a cabo.
¿En qué consiste la intervención que exime del pago de la multa?
Deberán acudir tanto a las citas con los técnicos del CAD del equipo de jóvenes y adolescentes como a las sesiones que les pauten los educadores. Y además tendrán que someterse a los controles toxicológicos que les indiquen, cuya finalidad no es otra que comprobar que no están consumiendo.
¿Qué pasa con la sanción?
El CAD emite un informe que acreditará el inicio del tratamiento y que será remitido por la persona sancionada a la autoridad sancionadora, que suspenderá de forma cautelar la multa. Una vez terminado todo el proceso de forma satisfactoria, se emite otro informe, en este caso de finalización. Y es entonces cuando la persona sancionada recibe la notificación de la suspensión definitiva.
¿Cuánto dura la intervención?
La duración del proceso de intervención depende de la asistencia a las citas y a las sesiones y del resultado de los controles.
¿Reciben atención las familias?
El apoyo a las familias es fundamental. La recepción de la sanción y todo lo que trae consigo en relación al consumo de drogas genera dudas y preocupación en las familias, y a veces situaciones conflictivas.
Nuestras compañeras del Servicio de Orientación Familiar están a vuestra disposición para asesoraros y respaldaros en estas cuestiones. Es un equipo de profesionales de la psicología especializados en prestar apoyo en cuestiones relacionadas con la prevención del consumo y en resolver las dudas que surgen a lo largo del proceso.
¿Cómo contactar?
Podéis contactar directamente con los profesionales de los CAD o a través de los teléfonos de Servicio PAD: 91 480 00 80 – 699 480 480.
Y recuerda, si no puedes hacerlo solo o sola, en Servicio PAD, prevenimos y tratamos las adicciones en adolescentes y jóvenes del consumo de alcohol y/u otras drogas, del uso abusivo de la tecnología o con riesgos o problemas asociados al juego de azar.
¡Llámanos! 699 480 480
Auxi Rioja Medina
Auxiliar Administrativo del CAD de San Blas